Bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la mejora de la eficiencia energética y el uso de energías renovables en infraestructuras públicas, incluidos los edificios públicos

Hoy día 16 de abril de 2018 se ha publicado la Orden de 5 de abril de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras que han de regir la concesión de subvenciones para la mejora de la eficiencia energética y el uso de energías renovables en infraestructuras públicas, incluidos los edificios públicos, cofinanciadas con FEDER en el ámbito del Programa Operativo de Canarias. 

El objeto de estas bases es establecer las normas por las que se regirá la concesión de subvenciones para la mejora de la eficiencia energética y el uso de energías renovables en infraestructuras públicas, enmarcadas en el Plan Operativo FEDER de Canarias 2014-2020, eje prioritario EP4, prioridad de inversión 4c, objetivos específicos OE.4.3.1 mejorar la eficiencia energética y reducciones de emisiones de CO2 en la edificación y en las infraestructuras y servicios públicos, y OE 4.3.2 aumentar el uso de energías renovables para la producción de electricidad y usos térmicos en edificación e infraestructuras públicas, en particular ofreciendo la generación a pequeña escala en puntos cercanos al consumo, con una tasa de cofinanciación del 85%.

Podrán ser beneficiarios todos los Ayuntamientos de esta Comunidad Autónoma. Cabildos Insulares y Mancomunidades de Ayuntamientos podrán ser beneficiarios únicamente de las actuaciones indicadas en los apartados C) y G) de la base 4.

LÍNEAS DE ACTUACIÓN SUBVENCIONABLES.
Serán subvencionables las siguientes actuaciones:
A. Auditorías energéticas en instalaciones o edificios dependientes o propiedad de los Ayuntamientos.
B. Obras de mejora o sustitución de equipos en el alumbrado público de los municipios que fomenten el ahorro energético.
C. Inclusión de criterios de eficiencia energética en desalación, depuración, potabilización y distribución de agua.
D. Otras medidas de ahorro y eficiencia en edificación e infraestructuras municipales, tales como:

a. Instalación de tecnologías LED en señalización y semáforos.
b. Modificación de instalaciones de alumbrado interior en los edificios municipales, cuyo objetivo sea el ahorro de energía.
c. Actuaciones de arquitectura bioclimática en la parte pasiva de los edificios municipales, orientadas a la mejora de la eficiencia energética.
d. Medidas de ahorro y eficiencia energética en otras instalaciones consumidoras municipales.

E. Energías renovables para producción de electricidad en edificación e infraestructuras públicas:

a. Instalaciones solares fotovoltaicas destinadas a generación de autoconsumo.
b. Instalaciones eólicas de pequeña potencia dirigidas al autoconsumo, en un máximo de 10 kW.

F. Energías renovables para usos térmicos en edificación e infraestructuras públicas:

a. Instalaciones solares térmicas destinadas a aplicaciones de calor y frío.
b. Instalaciones de aprovechamiento de la energía geotérmica para aplicaciones térmicas.
c. Instalaciones para uso térmico de la biomasa.
d. Instalaciones para la transformación y/o uso térmico o autoconsumo del biogás.
e. Instalaciones para la transformación y/o uso térmico o autoconsumo de combustibles derivados de los residuos (CDR) o combustibles sólidos recuperados (CSR).

G. Energías renovables dirigidas al autoconsumo eléctrico, asociadas a infraestructuras de desalación, depuración, potabilización y distribución de agua, de potencia inferior o igual a 100 kW.

Puede consultarse el texto completo de las Bases en el siguiente enlace: http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2018/073/001.html