Convocatoria para el año 2018, para la concesión de subvenciones para la mejora de la eficiencia energética y el uso de energías renovables en empresas y edificios residenciales

Hoy 14 de mayo de 2018 se ha publicado la ORDEN de 4 de mayo de 2018, por la que se efectúa convocatoria para el año 2018, para la concesión de subvenciones para la mejora de la eficiencia energética y el uso de energías renovables en empresas y edificios residenciales, cofinanciadas con FEDER en el ámbito del Programa Operativo de Canarias.

Los proyectos susceptibles de las subvenciones habrán de conseguir una reducción de las emisiones de dióxido de carbono, mediante la mejora de la eficiencia energética o la utilización de fuentes de energías renovables, a través de alguna o varias de las líneas de cada sector que se establecen en la base 6 de las reguladoras (Bases Reguladoras).

Podrán ser beneficiarios de las actuaciones descritas en la base 6, según la prioridad de inversión que le corresponda:

  • Para el sector 1 al que hace referencia la base 6: las empresas, con independencia de su tamaño, especialmente las del sector servicios y las industriales.
  • Para el sector 2 al que hace referencia la base 6: los titulares de viviendas, comunidades de propietarios y mancomunidades de propietarios.

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES.
Los proyectos susceptibles de las subvenciones reguladas por las presentes bases habrán de conseguir una reducción de las emisiones de dióxido de carbono, mediante la mejora de la eficiencia energética o la utilización de fuentes de energías renovables, a través de alguna o varias de las líneas de cada sector que se establecen en la base 6.

Se establecen dos sectores con las siguientes líneas de actuación:

1) Sector Empresas.

  1. Mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales.
  2. Medidas de eficiencia energética en edificios, tales como:
  3. Mejora de la envolvente térmica.
  4. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas.
  5. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.
  6. Energías renovables para producción de electricidad en edificaciones, infraestructurase instalaciones:
  7. Instalaciones solares fotovoltaicas destinadas a generación de autoconsumo, en un máximo de 100 kW.
  8. Instalaciones eólicas de pequeña potencia dirigidas al autoconsumo, en un máximo de 100 kW.
  9. Energías renovables para usos térmicos en edificación, infraestructuras e instalaciones:
  10. Instalaciones solares térmicas destinadas a aplicaciones de calor y frío.
  11. Instalaciones de aprovechamiento de la energía geotérmica para aplicaciones térmicas.
  12. Instalaciones para uso térmico de la biomasa.
  13. Instalaciones para la transformación y/o uso térmico o autoconsumo del biogás.
  14. Instalaciones para la transformación y/o uso térmico o autoconsumo de combustibles derivados de los residuos (CDR) o combustibles sólidos recuperados (CSR).

2) Sector Residencial.

  1. Medidas de eficiencia energética en edificios, tales como:
  2. Mejora de la envolvente térmica.
  3. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas.
  4. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.
  5. Energías renovables para producción de electricidad en edificación:
  6. Instalaciones solares fotovoltaicas destinadas a generación de autoconsumo.
  7. Instalaciones eólicas de pequeña potencia dirigidas al autoconsumo, en un máximo de100 kW.
  8. Energías renovables para usos térmicos en edificación:
  9. Instalaciones solares térmicas destinadas a aplicaciones de calor y frío.
  10. Instalaciones de aprovechamiento de la energía geotérmica para aplicaciones térmicas.
  11. Instalaciones para uso térmico de la biomasa.

CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN.
Sector Empresas: hasta alcanzar la cifra de 500.000,00 euros, distribuidos de la siguiente forma y con la siguiente prelación:

* Para la línea de Mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales: 300.000,00 euros.

* Para el resto de líneas dentro de este sector: 200.000,00 euros. En caso de que la cuantía asignada a una línea no se cubra en su totalidad, la parte sobrante se asignará a la siguiente línea, según el orden de prevalencia.

Sector Residencial hasta alcanzar la cifra de 291.250,70 euros.

Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo será de treinta días naturales, contados a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias.

Puede consultarse el texto completo de la convocatoria en el siguiente enlace: http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2018/092/018.html